En la última semana diversos medios se han hecho eco de una importante noticia para los dueños de animales domésticos como perros o gatos. Se había aprobado la creación de un documento de identificación para algunos animales. Es lo que algunos medios han llamado el DNI animal y suponía una obligación para todo dueño de mascotas. Sin embargo, en los últimos días los veterinarios han sido los primeros en alzar la voz señalando que estas informaciones eran erróneas. Quizás a estas alturas estés confundido y es normal por el cruce de afirmaciones y desmentidos. Hoy te contamos el origen de esta confusión y qué sistemas de identificación debes tener para tus animales domésticos.
El DNI animal
Como te decíamos algunos de los primeros colectivos que han dado la voz de aviso sobre la incorrección de estas noticias han sido los veterinarios. Y es que ellos saben de primera mano qué métodos de identificación están ya en activo y cuáles no. No en vano son los encargados de la identificación.
La confusión aparece con la modificación que el Gobierno ha realizado del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esto se ha hecho para que los animales dejen de ser considerados cosas y pasen a ser seres sintientes además de tenerlos en cuenta en caso de separación. Esta confusión se da por la remisión en estas modificaciones a un registro de identificación que deberá recoger diferentes datos. Pero este registro está previsto que sea creado con la aprobación de la Ley de Protección y Derechos de los animales la cual sigue en fase de tramitación.
Sin embargo, en Andalucía contamos ya con un sistema de identificación parecido al que se pretende crear a nivel nacional. Se trata del DAIRA, el Documento autonómico de identificación y registro animal. Un documento de cada perro, gato o hurón inscrito en el RAIA, el Registro Andaluz de Identificación Animal.
Este documento recoge todo tipo de información sobre la mascota como número de microchip, especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, datos del dueño, fecha de nacimiento y la información sobre el veterinario identificador.
Por tanto, como ves, tu mascota, si sigues todas las medidas legales vigentes, ya cuenta con un documento de identificación, al menos en Andalucía. Esto, sin embargo, no quiere decir que cuando entre en vigor la nueva ley no tengas que hacer quizás algún nuevo trámite o documento.
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