La expulsión y el retorno de extranjeros
La expulsión y el retorno de extranjeros

La expulsión y el retorno de extranjeros

La llegada masiva e irregular de inmigrantes el pasado mes de mayo a Ceuta ha supuesto un problema para el Gobierno de España. Ahora tiene la obligación de solucionar este problema, pero ¿Qué mecanismos tiene para la expulsión y el retorno de extranjeros? La legislación española cuenta con dos medidas principalmente que le permiten la devolución de inmigrantes que se encuentren de manera irregular en España. Esta materia se encuentra regulada mediante la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. Además, su reglamento aprobado mediante el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, desarrolla algo más la regulación.

La expulsión y el retorno de extranjeros

Como ya hemos dicho existen dos procedimientos para la devolución de inmigrantes en situación irregular, estos son la devolución y la expulsión. Te lo explicamos a continuación:

  • Devolución: se trata de la medida que se toma cuando un inmigrante se encuentra de manera irregular en España habiendo sido previamente expulsado o cuando intenta entrar de manera ilegal en España y se le descubre. Su regulación se encuentra en el artículo 23 del Reglamento 557/2011.
  • Expulsión: se trata de una medida recogida en el artículo 57 de la Ley Orgánica 4/2000 y que supone una sanción que puede recaer sobre aquellos extranjeros que se encuentren en España de forma irregular. Hay que dejar claro que las razones para la expulsión están definidas claramente recogiéndose estas en los artículos 53 y 54 de la Ley Orgánica 4/2000.

Esta que te mostramos es la regulación general para adultos. Los menores que saltaron la valla de Ceuta en mayo llegaron en su inmensa mayoría a España no acompañados de un adulto. En sus casos la Ley en su artículo 35 y el Reglamento en su Título XI establece una serie de medidas para regularizar su situación en el país o la salida de él de estos menores.

Deja una respuesta